La eficacia y legitimidad de la corte especial para Sierra Leona desde el derecho internacional / Yadira Castillo-Meneses

By: Material type: ArticleArticlePublication details: Bogota: Pontificia Universidad Javeriana, 2012Description: pp. 71-97 22.5 cmISSN:
  • 1692-8156
Uniform titles:
  • International Law
Subject(s): Additional physical formats: International LawOnline resources: In: International Law In: Vengochea-Barrios, Juliana International In: Vengochea-Barrios, Juliana InternationalSummary: Resumen El objetivo general del artículo es estudiar la eficacia y legitimidad de los tribunales híbridos analizados desde papel desempeñado por el Derecho Internacional (DI), tomando en consideración la Corte Especial para Sierra Leona. Asimismo, el artículo estudia las implicaciones de los tribunales híbridos a la luz de la Corte Penal Internacional (CPI) en el marco de los procesos de la justicia transicional. Una de las conclusiones supone que las cortes híbridas, mediante el sistema local, diseñan una estructura organizacional estratégica que les permite conseguir mayor aceptación por parte de la población afectada. Mediante el DI garantizan la expansión de unos estándares globalizantes reflejados en los parámetros y las retóricas de poder propios del DI que son inexorables y condicionantes para la consecución de su legitimidad y eficacia. Finalmente, las cortes permanentes y ad hoc internacionales no logran conseguir eficacia y legitimidad debido a que tienen una desconexión con la realidad propia de las víctimas causada por su recurrente remisión a la garantía del estatus de superioridad del DI, que las refleja como entes auto contenidos.
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Resumen El objetivo general del artículo es estudiar la eficacia y legitimidad de los tribunales híbridos analizados desde papel desempeñado por el Derecho Internacional (DI), tomando en consideración la Corte Especial para Sierra Leona. Asimismo, el artículo estudia las implicaciones de los tribunales híbridos a la luz de la Corte Penal Internacional (CPI) en el marco de los procesos de la justicia transicional. Una de las conclusiones supone que las cortes híbridas, mediante el sistema local, diseñan una estructura organizacional estratégica que les permite conseguir mayor aceptación por parte de la población afectada. Mediante el DI garantizan la expansión de unos estándares globalizantes reflejados en los parámetros y las retóricas de poder propios del DI que son inexorables y condicionantes para la consecución de su legitimidad y eficacia. Finalmente, las cortes permanentes y ad hoc internacionales no logran conseguir eficacia y legitimidad debido a que tienen una desconexión con la realidad propia de las víctimas causada por su recurrente remisión a la garantía del estatus de superioridad del DI, que las refleja como entes auto contenidos.

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