La transformación de la cárcel /

Cadavid Martínez, María Jimena Espinosa Pujol, Ana María Montoya H, Daniel Fernando Valencia García, Duvan Fernando Gonzáles A, Juan Mario Tabares Atehortúa, Daniela Osorio Présiga, Maria Eugenia

La transformación de la cárcel / María Jimena Cadavid Martinez, Ana María Espinosa Pujol, Daniel Fernando Montoya H, Duvan Fernando Valencia García y Juan Mario González A - Sabaneta: Fondo Editorial Unisabaneta, Semillero de Derecho Internacional de Derechos Humanos Unisabaneta, 2013. - pp. 48-54 27 cm. - Semestral - Vol. 1, No. 1 (Septiembre, 2013)

La visión utópica de una futura sociedad capaz de resolversus conflictos sin la necesidad del derecho penal es una constante historica. Muchos autores y escuelas vaticinan sobre la desaparición del derechon penal. Anuncian que morira de muerte natural y pacifica cuando se superen las normas de producción y estructuras criminógenos de determinados modelos de sociedad. El derecho penal represor morirá a efecto de que se imponga un nuevo derecho penal preventivo correccional construido sobre bases positivistas; o por una sociologia criminal integrada por la psicología positiva, la antropología criminal y la estadistica social. Se espera del moemento en que la humanidad no disponga de un mejor derecho penal sino de lago mejopr que el derecho penal. Sin embargo la evolucion histórica del control social no parece dar razón a premuniciones tan optimistas. Analizando el fenómeno del control social podemos mejor pensar que el derecho penal pasa por un momento robusto y feliz y que su fatal caída esta aun muy lejos de darse. Además porque es un sistema perfecto para las exigencias de los actuales momentos del capital y consumo. Podemos decir, si, que el derecho penal se transforma y se racionaliza, pero en el sentido en que el sistema economico lo necesite. En ocasiones parece que se alejara de todo sistema humanizador en razón de su racionalización.

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DERECHO PENAL
ÚLTIMA RATIO
ORDEN SOCIAL
CONDUCTA
FUNCIÓN DE LA PENA