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A propósito del Principio 12 y la regulación sobre radiodifusión y otros servicios de comunicación audiovisual/

by Loreti, Damián Miguel
[ Artículo de Revista ] , Revista CEJIL Published by : Revista CEJIL (San josé, Costa Rica) Physical details: pp. 13-19 28 cm. ISSN:1659-2123 Subject(s): CONCENTRACIÓN -- POLITICA -- POLITICA -- San José, Costa Rica | POLÍTICAS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE MASAS -- POLITICA -- POLITCA -- San José, Costa Rica | EXPRESIÓN -- POLITICA -- POLITICA -- San José, Costa Rica | MONOPOLIOS -- POLITICA -- POLITICA -- San José, Costa Rica Year: 2009 Artículo de Revista Item type: Artículo de Revista
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Biblioteca Central
HEMEROTECA
No. 5, Año IV (Diciembre - 2009) Revista CEJIL (Browse shelf) 1 Available R01113
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Resumen:

En octubre de 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expuso la Declaración
de Principios de Libertad de Expresión. A través del Principio 12 se ha señalado la
necesidad de que los Estados fijen normas antimonopólicas en la actividad de los medios de
comunicación. Del mismo modo, se ha pronunciado en la necesidad de que las asignaciones
de licencias se realicen de modo democrático y transparente, y reconoce la importancia de
preservar la igualdad de oportunidades. Esta declaración se formula en precedentes, como
los de la Corte Interamericana en su Opinión Consultiva 5/85, en la que considera inadmisibles
los monopolios en la actividad de los medios de comunicación, independientemente de
su naturaleza pública o privada. Teniendo en consideración que los niveles de concentración
en la actividad de los medios de comunicación en América Latina son altísimos y que son
efectivamente una restricción a la libertad de expresión, se entiende necesario analizar
las consecuencias de la adopción concreta de los postulados de este principio. A la fecha,
varios países de la región estudian la modificación de las reglas de telecomunicaciones y
comunicación audiovisual, las cuales incluyen, por supuesto, las vinculadas a la concentración
de medios de comunicación y de derechos de exhibición. El objeto de este escrito es
acercar ciertas condiciones e interrogantes sobre las modalidades que deberían tener las
regulaciones para dar cumplimiento a lo recomendado por el Principio 12, cuyos estándares
guardan los pronunciamientos específicos del Sistema Interamericano.

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